El Reglamento General del Cuerpo de Bomberos de Santiago, establece en su Artículo Nº 23, inciso 3º, que el Directorio General del Cuerpo tiene la facultad para “Aprobar, modificar o derogar Acuerdos de Carácter Permanente”, ACP. Dichos acuerdos corresponden a normas específicas o detalles que complementan el Reglamento General, algunos de los cuales tienen relación con la Escuela de Bomberos de Santiago.
Descargas
ACP